Marzo 19, 2024

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1- TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE MATRIMONIAL

Inicio del expediente matrimonial en el Registro Civil

Los trámites para el matrimonio civil deben iniciarse siempre en el Registro Civil o el Juzgado de Paz del municipio en el que esté domiciliado o tenga su residencia habitual uno o los dos futuros contrayentes.
Si están domiciliados en poblaciones distintas podrán elegir el que más les convenga.

Municipio de celebración del matrimonio civil y competencia para realizarlo.

Aunque los trámites previos se lleven a cabo ante el Registro Civil correspondiente, los contrayentes pueden decidir que, una vez finalizado el expediente prematrimonial, el acto de celebración tenga lugar en otro municipio, y pueden elegir ante quien desean contraer matrimonio:
- El Juez Encargado del Registro Civil o los Jueces de Paz que actúen por delegación del mismo
- El Secretario Judicial o Notario libremente elegido por ambos contrayentes que sea competente en el lugar de celebración
- El Alcalde o Concejal en quien este delegue en el local que reúna las condiciones adecuadas
Si han optado por realizarlo en el municipio de Eivissa y el expediente matrimonial lo iniciaron en un Registro Civil de otro municipio, se trasladará su expediente y se les notificará la autorización en el Registro Civil de Eivissa (calle Sant Cristòfol, 1).

2- CELEBRACIÓN DE MATRIMONIOS CIVILES EN EL AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Normativa

El Ayuntamiento de Eivissa celebra los matrimonios civiles según el artículo 51 de la Ley 35/1994, de 23 de diciembre, de modificación del Código Civil en materia de autorización del matrimonio civil por parte de los alcaldes y alcaldesas.
La ordenanza municipal que regula la celebración de los matrimonios civiles en este ayuntamiento está a su disposición en pdf en la página web en: Ordenanza reguladora del servicio de celebración de matrimonios civiles y eventos del Ayuntamiento de Eivissa

Así mismo pueden consultar la ordenanza fiscal que regula las tasas que se han de abonar en Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.

¿Cómo reservar el día y la hora para la celebración de la boda?

En primer lugar los interesados se han de poner en contacto con el departamento de matrimonios civiles, del ayuntamiento de Eivissa para reservar el día y hora, según la agenda disponible.
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

¿Qué documentos hay que presentar al registro de entrada del ayuntamiento?

· SOLICITUD, donde se hará constar el nombre de los contrayentes y la fecha y hora acordada previamente con el departamento.
Así mismo, si lo desean pueden indicar las matrículas para que dos vehículos accedan a Dalt Vila, lugar donde se celebran las ceremonias.
Deben elegir el idioma para celebrar la boda (la lectura del sermón por parte del concejal/a, puede ser en catalán o castellano). En caso de necesitar traducción para otro idioma, deben hacerse cargo de la contratación de un traductor jurado que esté presente durante el acto.
· DNI, NIE o pasaporte de las personas contrayentes
· DNI, NIE o pasaporte de las personas que van a ser testigos en la ceremonia, mayores de edad (mínimo dos y máximo cuatro), no es necesario que sean las mismas personas que fueron testigos en el Registro Civil.
Todos los documentos de identidad deberán estar vigentes el día de la boda (no caducados) y deberán presentar su original el día de la boda.
· TASA, comprobante del pago de la tasa correspondiente según el lugar de celebración, regulado por la ordenanza fiscal vigente. El pago puede realizarse en línea en el servicio de Autoliquidación de la Tasa para celebración de Matrimonio civil en el Ayuntamiento de Eivissa.
· REGISTRO CIVIL, autorización: El auto de autorización firmado por el juez/a encargado/a del Registro Civil (Este documento es imprescindible para poder contraer matrimonio civil). Si están pendientes de recibir dicha autorización deben comunicar a nuestro departamento en que trámite se encuentra.

Formas de presentar la solicitud

Una vez reservado el día para la boda, se debe presentar la documentación en el registro de entrada del ayuntamiento, existen dos opciones:
- De manera presencial con cita previa para el registro de entrada.
- A través de la sede electrónica, con certificado digital entrando en el trámite: "Matrimonio Civil - Solicitud de Matrimonio Civil".

Cita previa y forma de contactar, para información, reservas y entrega de documentación:

Actualmente para ir al registro de entrada del Ayuntamiento de Eivissa (C/ Canàries 35-CETIS) se ha de solicitar CITA PREVIA.
La cita previa del ayuntamiento está disponible en su sede electrónica:
- Para entrega de documentación presencialmente, elegir el servicio de "REGISTRO DE ENTRADA"
- Para información sobre el trámite, elegir el servicio de "BODAS/PAREJAS" y nos pondremos en contacto por teléfono con ustedes.
Además pueden contactar con el departamento de matrimonios civiles a través de la dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Lugares disponibles para la celebración de la ceremonia nupcial en el ayuntamiento de Eivissa y tasas correspondientes, según ordenanzas municipales:
· Celebración de bodas en el Salón de Plenos, con carácter general se realizan en esta sala situada en el edificio de Can Botino con una duración aproximada 20 minutos. 120,00 €

Para los siguientes lugares además de la solicitud del matrimonio civil, tendrán que obtener la licencia de ocupación del espacio público:
En Baluarte de San Pedro, Baluarte de Santa Tecla o Claustro del Convento de los Dominicos
· Celebración de boda con ocupación máximo de dos horas 600 €
· Celebración de la boda con catering (ocupación máximo 6 horas) 1.200 €

En Baluarte de Santa Lucía (sólo una de las dos zonas)
· Celebración de boda con ocupación máximo de dos horas 1.000 €
· Celebración de la boda con catering (ocupación máximo 6 horas) 2.000 €

Se permitirá que los interesados ​​organicen un aperitivo de pie y música, que no podrá exceder de los 50 decibelios en horario diurno, ni de 45 decibelios en horario nocturno (según establece la ordenanza reguladora del servicio de celebración de matrimonios civiles).

Las personas residentes en el municipio de Eivissa por un período mínimo de tres años, tendrán una reducción del 50% en las tasas relacionadas.

Protocolo y normas de seguridad ante la situación actual de pandemia Covid-19

Se tendrá en cuenta y se respetará la normativa vigente para este tipo de celebraciones, según las publicaciones oficiales. Se les comunicará con anterioridad el aforo máximo de personas permitido en la sala, así como el resto de las normas.

Otros datos de interés

El día de la boda, es un día muy especial para las parejas que van a contraer matrimonio y generalmente lo celebran con sus familiares y amigos. Si alguna persona de las asistentes lo desea puede dedicar unas palabras a la pareja, leer un texto, un poema, hacer un regalo, etc. También se permite que puedan decorar el espacio público o la sala, de forma adecuada y realizar fotos o grabaciones
Previamente pueden ponerse en contacto con el departamento para organizarlo.
En ningún caso se permite tirar arroz, confetis, pétalos o similares en el interior del recinto consistorial, si bien la medida no afecta al exterior del edificio municipal.
Además si desean que por algún motivo su boda sea oficiada por una concejala o concejal en concreto deberán indicarlo también en su solicitud.